Acuerdo de Reforma de Nomenclatura de las Normas Expedidas 
por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-062-SEMARNAT-1994, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES PARA MITIGAR LOS EFECTOS ADVERSOS SOBRE LA BIODIVERSIDAD QUE SE OCASIONEN POR EL CAMBIO DE USO DEL SUELO DE TERRENOS FORESTALES A AGROPECUARIOS.

(Publicada en el D.O.F. de fecha 13 de mayo de 1994)

P R E F A C I O

En la elaboración de esta norma oficial mexicana participaron

-           SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

.           Instituto Nacional de Ecología

.           Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

-           SECRETARIA DE ENERGÍA, MINAS E INDUSTRIA PARAESTATAL

.           Subsecretaría de Energía

-           SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRÁULICOS

.           Dirección General de Flora y Fauna Silvestres y Áreas Naturales Protegidas

.           Dirección General de Política Forestal

.           Dirección General de Protección Forestal

-           SECRETARIA DE PESCA

.           Instituto Nacional de la Pesca

-           DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

.           Dirección General de Proyectos Ambientales

.           Dirección General de Ecología

-           GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO 

.           Secretaría de Ecología

-           COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

.           Gerencia de Protección Ambiental

-           INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO

-           PETRÓLEOS MEXICANOS

.           Auditoría de Seguridad Industrial y Protección ‑ Ambiental

-           UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CAMPECHE

-           UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

1.         OBJETO

Esta norma oficial mexicana, establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos sobre la biodiversidad que se ocasionen por el cambio de uso del suelo de terrenos forestales a agropecuarios.

2. CAMPO DE APLICACIÓN

La presente norma oficial mexicana es de observancia obligatoria en el cambio de uso del suelo de terrenos forestales a agropecuarios.

3. DEFINICIONES

3.1 Bosque mesófilo de montaña

La comunidad vegetal en la que se presentan diversas asociaciones vegetales que incluyen árboles perennifolios y caducifolios de hoja ancha, por lo general de 15 m a 35 m de alto que conforman una estructura densa con varios estratos arbóreos y uno o dos arbustivos. Se desarrolla en regiones correspondientes al clima húmedo de altura en condiciones más húmedas que las encontradas en los bosques de encinos y de pinos, más cálidas que las encontradas en bosques de oyamel y en situaciones menos cálidas que las que condicionan la existencia de los bosques tropicales.

3.2 Bosque tropical perennifolio

La comunidad tropical vegetal más rica y compleja de todas las comunidades terrestres existentes, en ella predominan árboles siempre verdes de más de 25 m de altura que conforman una estructura interior definida por tres estratos arbóreos y dos o tres arbustivos, presentando su estrato superior una altura de 30m.

3.3 Cobertura

Proporción o área de la superficie del suelo ocupada por la proyección vertical del follaje, ramas y troncos de los árboles, arbustos y especies herbáceas en un área boscosa determinada.

3.4 Erosión

El proceso físico consistente en el desprendimiento y arrastre de los materiales del suelo por la acción del viento, agua y procesos geológicos.

3.5 Hábitat

El sitio específico en un medio ambiente físico y su comunidad biótica, ocupado por un organismo, especie o por comunidades de especies en un tiempo en particular.

3.6 Requerimientos de hábitat

El conjunto de elementos de un ecosistema, necesarios para el desarrollo de una especie de flora o fauna.

3.6.1 Para la flora silvestre los requerimientos se dividen en los grupos siguientes:

3.6.1.1 De luz

3.6.1.2 De suelo

3.6.1.3 De nutrientes

3.6.1.4 De temperatura

3.6.1.5 De agua

3.6.1.6 De espacio

3.6.1.7 Específicos, cuando el desarrollo de una especie de flora silvestre esté asociado con algún elemento de los ecosistemas, distinto de los arriba listados.

3.6.2 Para la fauna silvestre los requerimientos se dividen en los siguientes grupos:

3.6.2.1 De apareamiento y reproducción

3.6.2.2 De alimentación

3.6.2.3 De cobertura

3.6.2.4 De espacio

3.6.2.5 Específicos, cuando el desarrollo de una especie de fauna silvestre se encuentre asociado con algún elemento de los ecosistemas, distinto de los arriba listados.

3.7 Tipos de vegetación

Los bosques tropicales espinosos, perennifolios, caducifolios y subcaducifolios, de encinos, de coníferas y mesófilos de montaña, así como los matorrales xerófilos y pastizales o bosques mixtos.

3.8 Vegetación ribereña

La que crece sobre o cerca de los bancos de corrientes o cuerpos de agua en suelos que presentan características de humedad. No se consideran los humedales.

4. ESPECIFICACIONES

Para mitigar los efectos adversos ocasionados a la biodiversidad por el cambio de uso del suelo de terrenos forestales a agropecuarios se deberá:

4.1 Respetar la extensión total de la vegetación ribereña.

4.2 Mantener franjas perimetrales de vegetación natural que sirvan como cortinas rompevientos para mitigar el efecto de los procesos erosivos.

4.3 Determinar para cada predio, con base en el tipo de cobertura que proporcione la vegetación presente, el ancho de las franjas perimetrales y transversales para la división de parcelas.

4.4 En el caso de cambio de uso del suelo de terrenos forestales a agrícolas se observará lo siguiente:

4.4.1 Mantener franjas de vegetación natural perpendiculares a la dirección de los vientos, respetando las características de la vegetación presente. Dichas franjas deberán ubicarse entre las diferentes parcelas de cultivo y entroncar con la franja perimetral.

4.4.2 Determinar para cada predio el ancho de las franjas perimetrales y transversales para la división de parcelas, tomando en cuenta principalmente el tipo de cobertura que proporcione la vegetación presente.

4.5 Conservar, en el cambio de uso del suelo de terrenos forestales a pecuarios, de dos a cuatro parches de vegetación natural por hectárea con una superficie mínima de 400 m2, tomando en cuenta para su selección y ubicación sean representativos de las comunidades vegetales presentes y que proporcionen sombra al ganado.

4.6 En los predios sujetos a cambios de uso del suelo se deberá conservar como mínimo un 20% de la superficie total cubierta por la vegetación original presente, distribuida en franjas y parches de vegetación.

4.7 En caso de encontrarse especies de flora o fauna listadas en la norma oficial mexicana correspondiente como raras, amenazadas, en peligro de extinción, o sujetas a protección especial, únicamente se evaluará la posibilidad de llevar a cabo algún tipo de aprovechamiento sustentable del suelo u otros recursos, diferente al cambio de uso del suelo, que no implique la desaparición local de estas especies y sus requerimientos de hábitat. La evaluación estará sujeta a que el interesado presente una manifestación de impacto ambiental en su modalidad general, la cual deberá ser complementada con la siguiente información:

4.7.1 La distribución, características de la población y hábitat de las especies raras, amenazadas o en peligro de extinción.

4.7.2 La descripción de las comunidades vegetales existentes en el área de interés y su grado de conservación.

4.7.3 Las propuestas de usos alternativos del área con sistemas integrales como los agroforestales y silvopastoriles.

4.8 Los bosques tropicales perennifolios y mesófilos de montaña originales o maduros, o que presenten un tiempo de regeneración igual o mayor a 20 años y un 30% como mínimo del estrato arbóreo dominante, con un diámetro normalizado igual o mayor a 15 cm, no importando la superficie que ocupen en su área de distribución, serán excluidos de la realización de cualquier tipo de cambio de uso del suelo.

4.9 En el caso de bosques tropicales perennifolios y mesófilos de montaña que presenten un tiempo de regeneración igual o menor a 19 años e igual o menor a 29% del estrato arbóreo dominante, con un diámetro normalizado igual o mayor a 15 cm, así como en el resto de los tipos de vegetación existentes en los que se pretenda llevar a cabo el cambio de uso del suelo en superficies iguales o mayores a 10 ha, se evaluará la posibilidad de llevar a cabo cierto tipo de aprovechamiento restringido que implique un uso sustentable de los recursos presentes, para lo cual el interesado deberá presentar una manifestación de impacto ambiental modalidad general, la cual deberá ser complementada con la siguiente información:

4.9.1 Descripción y estructura de las comunidades vegetales presentes y su grado de conservación.

4.9.2 Inventario de especies de flora y fauna presentes con base en datos de campo.

4.9.3 Uso de los recursos del área.

4.9.4 Usos alternativos diferentes al cambio de uso del suelo pretendido.

5.         VIGILANCIA

Las Secretarías de Agricultura y Recursos Hidráulicos y de Desarrollo Social por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en el ámbito de sus respectivas competencias, son las autoridades competentes para vigilar el cumplimiento de la presente norma oficial mexicana.

6.         SANCIONES

El incumplimiento de la presente norma oficial mexicana será sancionado conforme a lo dispuesto por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Forestal y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

7.         BIBLIOGRAFÍA

7.1       Bennett, H. 1965. Elementos de Conservación del Suelo. Fondo de Cultura Económica. México. 331 p.

7.2       Boul, S., D. Hole y R. McCracken. 1986. Génesis y Clasificación de Suelos. Editorial Trillas. México, 417 p.

7.3       Carabias, J. 1988. Deterioro Ambiental en México. CIENCIAS (13). Facultad de Ciencias. UNAM. México. 13-19 p.p.

7.4       Colegio de Postgraduados-SARH. 1991. Manual de Conservación del Suelo y del Agua. SPP. Chapingo. México. 574 p.

7.5       Comisión Económica para América Latina, Programas de las Naciones Unidas Para el Medio Ambiente. 1983. Expansión de la Frontera Agropecuaria y Medio Ambiente en América Latina. Centro Internacional de Formación en Ciencias Ambientales (CIFCA). Zurbano, 8 Madrid-3. 427 p.

7.6       Dasmann, R. 1981. Wildlife Biology. (Biología de la Vida Silvestre). John Wiley & Sons. University of California. (Universidad de California). 55-72 p.p.

7.7       FAO. 1983. Impactos Ambientales de las Actividades Forestales. Serie Conservación No. 7 FAO-ROMA. Italia.

7.8       FAO-UNESCO. 1988. Soil Map of the World Legend, Prepared by the Food and Agriculture Organization of the United Nations. (Mapa del Suelo del Mundo Legendario, preparado por la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación). FAO. Roma. Instituto de Ecología. 1991.

7.9       Hoover, R. y D. Wills. 1984. Managing Forested Lands for Wildlife. (Manejo de Terrenos Forestales para la Vida Silvestre) Colorado Division of Wildlife (División de la Vida Silvestre de Colorado) E.U.A. 457 p.

7.10    Masera, M., M. de J. Ordóñez y R. Dirzo. 1992. Carbon Emissions from Deforestation in México, Current Situation and Long-term  Scenarios. (Emisiones de Carbón derivadas de la Desforestación en México, Situación Actual y Escenarios a Largo Plazo). Ed. Centro de Ecología. Universidad Nacional Autónoma de México.

7.11    Maass, M. y F. García-Oliva. 1990. La conservación de suelos en zonas tropicales. El caso de México. En Revista Ciencia y Desarrollo, Vol.XV. Núm. 90. Ene-Feb 1990. México. 21-36 p.p.

7.12    Mittermeier, R., y C. Gaettsch. 1992. La Importancia de la Diversidad Biológica de México. En México ante los Retos de la Biodiversidad. Ed. Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. México. 63-73 p.p.

7.13    Rzedowsky, J. 1988. Vegetación de México. Ed. Limusa.  México. 432 p.

7.14    Toledo, V. 1988. La Diversidad Biológica de México. Ciencia Desarrollo. 81(XIV). CONACYT. México. 17-30 p.p.

7.15    Toledo, V., J. Carabias, C. Toledo y C. González - Pacheco. 1989. La Producción Rural en México. Alternativas Ecológicas.  Ed. Fundación Universo Veintiúno. México. 402 p.

7.16    Juma, C. 1992. Establecimiento de un Marco de Política Nacional de Conservación de la Biodiversidad. En Estrategia Global para la Biodiversidad. (Pautas de Acción para Salvar, Estudiar y Usar en Forma Sostenible y Equitativa la Riqueza Biótica de la Tierra). FAO-PNUMA‑ UNESCO.

7.17    World Resources Institute (Instituto de Recursos Mundiales). 1992. Estrategia Global para la Biodiversidad. Pautas y Acciones para Salvar, Estudiar y Usar en Forma Sostenible y Equitativa la Riqueza Biótica de la Tierra. Ed. FAO-UNESCO. 179 p.

8. CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES

Esta norma oficial mexicana no coincide con ninguna norma internacional.

9. VIGENCIA

La presente norma oficial mexicana entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dada en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro.