Actualmente, con la
inclusión del discurso sobre el desarrollo sostenible al aprovechamiento
forestal, se han incorporado a la planeación silvícola diversos aspectos que
parten de una ordenación de los bosques que los considera como sistemas ecológicos
con múltiples aportes a la seguridad alimentaria, la energía rural, la economía
y los valores medioambientales, por lo que además del aprovechamiento de los
recursos maderables, se considera la importancia de los recursos forestales no
maderables, los beneficios de las actividades de recreo y educación, y su
compatibilidad con la protección del hábitat y la conservación de la diversidad
biológica.
Desde esta perspectiva, la
planeación del aprovechamiento forestal considera sistemas de tala y extracción
de impacto reducido, cambios tecnológicos en las industrias forestales, y la
introducción de las políticas de restauración que incluyen aspectos como el
abordaje de las causas de la deforestación y las acciones de reforestación.
Se reconoce también, que el
reto principal del sector forestal en un marco de sustentabilidad será la
satisfacción de la demanda de productos forestales sin afectar la capacidad de
los bosques de prestar los servicios ecológicos de conservación de diversidad
biológica, de alivio al cambio climático global y de protección contra la
desertificación y degradación de recursos edafológicos e hídricos. Para dar
solución a este reto se requieren cambios importantes como la adopción de
nuevas leyes, la reorganización institucional, la redefinición de la función
del estado, la descentralización de responsabilidades a los grupos locales, una
distribución equitativa de los beneficios, la salvaguarda de los derechos de
sus habitantes, y asegurar la participación general en la toma de decisiones.
En el caso de México, el
marco normativo vigente en materia forestal atiende a la mayoría de los
requerimientos necesarios para lograr un aprovechamiento forestal sustentable,
pues señala que las normas a que se sujetará el aprovechamiento de los recursos
forestales del país y las medidas de fomento que se adopten, tienen la
finalidad de:
I.
Conservar, proteger y restaurar los recursos forestales y la
biodiversidad de sus ecosistemas.
II.
Proteger las cuencas y cauces de los ríos y los sistemas de drenaje natural,
así como prevenir y controlar la erosión de los suelos y procurar su
restauración.
III.
Lograr un manejo sustentable de los recursos forestales, que
contribuya al desarrollo socioeconómico de los ejidatarios, comuneros, pequeños
propietarios, comunidades indígenas y demás propietarios o poseedores de dichos
recursos, con pleno respeto a la integridad funcional y a las capacidades de
carga de los ecosistemas de que forman parte los recursos forestales.
IV.
Crear las condiciones para la capitalización y modernización de la
actividad forestal y la generación de empleos en el sector, en beneficio de los
ejidos, las comunidades, los pequeños propietarios, comunidades indígenas y
demás personas físicas y morales que sean propietarios o legítimos poseedores
de recursos forestales.
V.
Fomentar las forestaciones con fines de conservación, restauración y
comercialización.
VI.
Impulsar el desarrollo de la infraestructura forestal, sin perjuicio
de la conservación de los recursos naturales.
VII.
Promover la cultura forestal, a través de programas educativos, de
capacitación, desarrollo tecnológico e investigación en materia forestal.
VIII.
Promover la participación de las comunidades y de los pueblos
indígenas en el uso, protección, conservación y aprovechamiento sustentable de
los recursos forestales existentes en los territorios que les pertenezcan,
considerando su conocimiento tradicional en dichas actividades.
IX.
Incrementar la participación corresponsable de la sociedad en la
protección, conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los
recursos forestales.
X.
Integrar y mantener actualizada la información relativa a los recursos
forestales del país.
XI.
Fomentar el uso múltiple de los ecosistemas forestales evitando su
fragmentación, propiciando su regeneración natural y protegiendo el germoplasma
de las especies que lo constituyen.
XII.
Promover el desarrollo tecnológico y la investigación en materia
forestal, así como el establecimiento de programas de generación y
transferencia de tecnología en la materia.
XIII.
Fomentar la cultura forestal mediante programas educativos y de
divulgación que permitan a la población valorar la importancia de la
conservación, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos
forestales.
XIV.
Promover la coordinación entre los distintos niveles de gobierno y la
concertación de éstos con los diversos sectores de la sociedad para el logro de
los fines de la presente ley.
Se consideran terrenos
forestales aquellos que están cubiertos por bosques, selvas o vegetación
forestal de zonas áridas. Los terrenos de aptitud preferentemente forestal son
aquellos que no estando cubiertos por vegetación forestal de los tipos
mencionados, por sus condiciones de clima, suelo y topografía, puedan
incorporarse al uso forestal, siempre que tenga una pendiente mayor al 15%, con
una extensión superior a 25 metros de longitud.
Para proteger los procesos
de regeneración natural, los bosques, selvas y zonas áridas que hayan perdido
su vegetación forestal o sea afectada total o parcialmente por un siniestro,
sea incendio, plagas, enfermedades o por fenómenos meteorológicos y en general
por causas naturales o la acción humana, se seguirán considerando como
forestales, no como acahuales. Se exceptúan los terrenos en que se haya
autorizado el cambio de uso de suelo.
Se excluyen de ser considerados
como terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal a aquellos
terrenos que, sin sufrir degradación permanente, puedan ser utilizados en
agricultura y ganadería; los situados en áreas urbanas; y, los terrenos
cubiertos por acahuales.
La zonificación de los
terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal tiene como fundamento
al inventario forestal nacional y al ordenamiento ecológico como un instrumento
de apoyo, según los siguientes criterios:
Se consideran zonas de
conservación y aprovechamiento restringido:
Superficies con vegetación
forestal que por sus características físicas y biológicas están sometidas a un
régimen de protección, con aprovechamientos restringidos que no pongan en
riesgo el suelo, la calidad del agua y la biodiversidad, las que incluyen:
a) Áreas
naturales protegidas.
b) Superficies
para conservar y proteger el hábitat existente de las especies y subespecies de
flora y fauna silvestres terrestres y acuáticas en peligro de extinción,
amenazadas, raras y las sujetas a protección especial señaladas en los
ordenamientos legales correspondientes.
c) Franja
protectora no menor de 20 metros contados a partir de las orillas de los cauces
y otros cuerpos de agua permanentes, cuyo ancho podrá aumentarse en términos de
las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos legales aplicables.
d) Superficies
con pendientes mayores al 100 por ciento o 45 grados.
e) Superficies
localizadas por arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar.
f)
Superficies con vegetación de manglar o bosque mesófilo de montaña.
g) Superficies
con vegetación de galería.
Se consideran zonas de
producción:
a) Terrenos
forestales o de aptitud preferentemente forestal de productividad maderable
alta, los que se caracterizan por tener una cobertura de copa natural de más
del 50 por ciento y una altura promedio de los árboles dominantes igual o mayor
a 16 metros.
b) Terrenos
forestales o de aptitud preferentemente forestal de productividad maderable
media, los que se caracterizan por tener una cobertura de copa natural de entre
20 y 50 por ciento o una altura promedio de los árboles dominantes menor de 16
metros.
c) Terrenos
forestales o de aptitud preferentemente forestal de productividad maderable
baja, los que se caracterizan por tener una cobertura de copa natural inferior
al 20 por ciento.
d) Terrenos con
vegetación forestal de zonas áridas, aptos para el aprovechamiento de recursos
no maderables.
e) Terrenos
adecuados para realizar forestaciones.
Se consideran zonas de
restauración:
a) Terrenos con
degradación alta, caracterizados por carecer de vegetación forestal y mostrar
evidencia de erosión severa, con presencia de cárcavas.
b) Terrenos con
degradación media, caracterizados por tener una cobertura de copa menor al 20
por ciento y mostrar evidencia de erosión severa, con presencia de canalillos.
c) Terrenos con
degradación baja, caracterizados por tener una cobertura de copa inferior al 20
por ciento y mostrar evidencia de erosión laminar.
d) Terrenos
degradados que ya estén sometidos a tratamientos de recuperación, tales como
forestación, reforestación o regeneración natural. Estos terrenos, una vez
restaurados, se clasificarán como de conservación y producción.
Para fines de
aprovechamiento y mitigación de los efectos adversos que sobre estos recursos
forestales se generen, a la fecha se encuentran vigentes las siguientes normas
oficiales mexicanas:
Para el caso de Jalisco, la
aplicación de este marco normativo para un aprovechamiento con criterios de
sustentabilidad resulta importante, ya que la superficie forestal es de 4.8
millones de hectáreas, aproximadamente el 60% del territorio jalisciense total,
que lo ubica en el 12º lugar nacional. En cuanto a producción, se encuentra
entre los primeros 5 estados del país con una aportación del 9% de la
producción forestal nacional.
El
género Pinus es el de mayor distribución y mayor demanda con alrededor del 85%
de la producción; le sigue el género Quercus con un porcentaje aproximado del
10% de la producción, con un limitado uso para el aserrio, destinándose en su
mayoría para la elaboración de carbón, leña y otros usos domésticos.
Entre los recursos forestales no maderables, la resina de pino es el principal
producto. Se aprovecha tradicionalmente en la región de Tapalpa y algunos municipios de sur del
estado, la cual es procesada una parte en esta región y otra es trasladada al
estado de Michoacán. Otro producto que tiene una gran significación es el
orégano colectado en 6 municipios de la
zona norte del estado, distinguiéndose a Jalisco como el principal productor de
orégano a nivel nacional.
Otros productos no maderables son la goma de chilte, la tierra de monte, la
palma real, y el heno.
En
Jalisco se aplican diversos sistemas de aprovechamiento forestal caracterizados
por el manejo de los bosques naturales, es decir, basados en al regeneración natural. Estos sistemas son:
a)
Región de Cd. Guzmán,
se aplica el Programa de Manejo Integral Forestal de la Región Atenquique
(PMIFRA), diseñado exclusivamente para los bosques de esta región.
b)
Región Mascota,
sobresale la aplicación del Sistema de Conservación y Desarrollo Silvícola
(SICODESI) que también es aplicado en otras regiones del estado.
c)
Región Tapalpa, se
aplica el Sistema de Manejo Integral (SIMANIN), que fue hecho ex profeso para
un conjunto predial en Tapalpa.
d)
En las selvas se aplica
el Plan Costa de Jalisco.
Otros
sistemas de manejo son el Método Mexicano de Ordenación Bosque Irregulares
(MMOBI), el Método de Desarrollo Silvícola (MDS) y el Sistema de Cortas
Sucesivas de Protección (SICOSUP).
La
degradación del recurso forestal a causa de los agentes de perturbación como
los incendios, las plagas y enfermedades, el cambio de uso del suelo o
conversión de tierras con fines agropecuarios, el sobrepastoreo, los
aprovechamientos no planeados o ilegales, representa un problema que se refleja
en la existencia de alrededor 1.4 millones de hectáreas en condiciones de
degradación, que representan el 16% de la superficie forestal total. En el
ámbito nacional la entidad se coloca en el 6º lugar en superficie degradada.
(Inventario Forestal Periódico 1994)
En
cuanto a terrenos de aptitud forestal dedicados a otros usos o en proceso de
degradación por incendios, plagas y otros factores, incluyendo a los terrenos
con riesgos de erosión evidente se reporta una superficie de 1.5 millones de
hectáreas, las cuales requieren de algún tipo de trabajo de restauración.