Flora y Fauna
En materia de flora y fauna, se han celebrado convenciones
y acuerdos mundiales y regionales en los que se coincide en que es imperioso
proteger y conservar especies y géneros de flora y fauna. Es importante
resaltar, que en diversos acuerdos se ha puesto una atención especial
a las aves migratorias, ya que se les considera como un recurso internacional
debido a que atraviesan fronteras, conviniendo en utilizarlas racionalmente,
tanto en el deporte como en la alimentación, el comercio, la industria
y para estudios e investigaciones científicas. Algunas de las medidas
establecidas han sido la fijación de vedas temporales, la determinación
y protección de ecosistemas y zonas de refugio.
Otro aspecto importante que ha sido abordado en foros internacionales
es el comercio de especies de flora y fauna, pues se reconoce que éstas
constituyen un elemento irremplazable de los sistemas naturales de la
tierra y tienen que ser protegidas para esta generación y las venideras.
En
el Convenio sobre la Diversidad Biológica firmado en Río en 1992, los
países signatarios convinieron en la utilización sostenible de los componentes
de la diversidad biológica y establecieron, entre otros, los siguientes
acuerdos: integrar el examen de la conservación y utilización sostenible
de los recursos biológicos en los procesos nacionales de toma de decisiones,
adoptar medidas para evitar o reducir los efectos adversos para la diversidad
biológica, proteger y alentar la utilización consuetudinaria de los recursos biológicos conforme a las prácticas culturales tradicionales
compatibles con la conservación, prestar ayuda a las poblaciones locales
para preparar y aplicar medidas correctivas en zonas degradadas donde
la diversidad biológica se ha reducido y, fomentar la cooperación entre
autoridades y sector privado para la elaboración de métodos orientados
a la utilización sostenible de los recursos biológicos.
En México, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente señala que las áreas de protección de la flora y la fauna
se constituirán de conformidad con las disposiciones de esta Ley, de
las Leyes Federal de Caza, de Pesca y de las demás leyes aplicables,
en los lugares que contienen los hábitat de cuyo equilibrio y preservación
dependen la existencia, transformación y desarrollo de las especies
de flora y fauna silvestres.
En dichas áreas podrá permitirse la realización de actividades
relacionadas con la preservación, repoblación, propagación, aclimatación,
refugio, investigación y aprovechamiento sustentable de las especies
de flora y fauna, así como las relativas a educación y difusión.
Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora
y fauna silvestre, se considerarán los siguientes criterios:
a)
La preservación de la biodiversidad
y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran
en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía
y jurisdicción.
b)
La continuidad de los procesos evolutivos
de las especies de flora y fauna y demás recursos biológicos, destinando
áreas representativas de los sistemas ecológicos del país a acciones
de preservación e investigación.
c)
La preservación de las especies endémicas,
amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial.
d)
El combate al tráfico o apropiación
ilegal de especies.
e)
El fomento y creación de las estaciones
biológicas de rehabilitación y repoblamiento de especies de fauna silvestre.
f)
La participación de las organizaciones
sociales, públicas o privadas, y los demás interesadas en la preservación
de la biodiversidad.
g)
El fomento y desarrollo de la investigación
de la fauna y flora silvestre, y de los materiales genéticos, con el
objeto de conocer su valor científico, ambiental, económico y estratégico
para la Nación.
h)
El fomento del trato digno y respetuoso
a las especies animales, con el propósito de evitar la crueldad en contra
de éstas.
i)
El desarrollo de actividades productivas
alternativas para las comunidades rurales.
j)
El conocimiento biológico tradicional
y la participación de las comunidades, así como los pueblos indígenas
en la elaboración de programas de biodiversidad de las áreas en que
habiten.
Por otra parte, la Ley Federal de Caza tiene por objeto orientar
y garantizar la conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre
que subsiste libremente en el territorio nacional, regulando su aprovechamiento,
pues declara de utilidad pública:
a)
La conservación, restauración y propagación
de todos los animales silvestres útiles al hombre que temporal o permanentemente
habiten en el territorio nacional.
b)
El control de los animales silvestres,
ya sean útiles o perjudiciales al hombre, o a las demás especies animales.
c)
La importación, movilización y alimentación
de animales silvestres.
d)
La conservación y propagación de los
recursos que sirven de alimentación y abrigo a la fauna silvestre.
Otro instrumento normativo es el Calendario Cinegético, el
cual fue creado para dar a conocer las épocas hábiles de cacería en
México. Incluye definiciones, requisitos, regulaciones, vedas, prohibiciones,
sanciones, cuadros de aprovechamiento y épocas hábiles.
En lo que respecta al fomento del aprovechamiento sustentable
de la flora y la fauna, el Programa de Conservación de la Vida Silvestre
y Diversificación Productiva en el Sector Rural contempla la conservación
y recuperación de especies prioritarias a través de proyectos individualizados
para un conjunto de plantas y animales seleccionados por ostentar una
categoría de riesgo reconocida internacionalmente. Otra estrategia es
el Sistema de Unidades para la Conservación, Manejo y Aprovechamiento
Sustentable de la Vida Silvestre (SUMA).
En Jalisco se ha inventariado una gran cantidad de especies de flora. Se
tienen registradas hasta ahora 4,878 especies de plantas vasculares
para Jalisco. Los municipios en los que se presentan más especies raras
son Autlán de Navarro, La Huerta, Cuautitlán de García Barragán, Casimiro
Castillo y Zapopan; esto es, los municipios de la región de la Sierra
de Manantlán y del centro del estado. Hay que hacer notar que, estos
datos pueden ser debidos a una mayor exploración botánica. Las zonas
de mayor riqueza de especies en el estado coinciden con la distribución
de las especies raras.
En lo que respecta a fauna, específicamente insectos,
se han detectado 75 especies relevantes de escarabajos, 54 de ellas
endémicas de México, 12 endémicas de México pero distribuidas exclusivamente
en Jalisco, 15 raras y 3 introducidas. En hymenopteros se detectaron 111 especies relevantes: 49 endémicas de México, 6 endémicas
de Jalisco, 5 raras, 10 polinizadores potenciales, 62 especialistas
en ciertos grupos de plantas. En el grupo de las mariposas, existen 15 especies relevantes, de las cuales 12 tienen categoría de endémicas
6 para México y 6 de la región occidente, las otras 3 son consideradas
ya sea raras y/o en riesgo, o como fenómeno natural amenazado.
Con relación a aves, se encontró que no existen especies endémicas para
Jalisco; sin embargo se registraron 44 especies endémicas de México
en la entidad. En cuanto a estatus, 8 especies están catalogadas en
peligro de extinción, 26 amenazadas, 17 raras, y 10 sujetas a protección
especial. Por otra parte, 2 de las consideradas en peligro de extinción,
7 de las amenazadas, 1 de las raras y 1 de las sujetas a protección
especial son endémicas de México. Respecto a condición se tiene un total
de 326 especies residentes, 119 migratorias y 37 tienen poblaciones
tanto residentes como migratorias. En cuanto al aprovechamiento cinegético,
las especies más aprovechadas son la paloma de alas blancas, la huilota,
las codorniz escamosa y común, el pato golondrino, la cerceta de alas
azules, la de listas verde, la cerceta café, el pato triguero, el pato
pichichi y la pijia.
El
20% de las especies de mamíferos registradas son endémicas a México.
Las especies en riesgo de desaparecer según la NOM-059-ECO-1994, de
167, 19 se encuentran con algun grado de amenaza destacando por su número
los quirópteros (7) y los roedores (5). Del orden Carnívora, 4 de las
6 especies registradas en la entidad se encuentran en esta lista. 7
de las especies están consideradas como raras, 9 amenazadas y 3 en peligro.
De las especies en peligro de extinción se encuentran el jaguar (Phantera
onca), ocelote (Leopardus
pardalis) y tigrillo (L. wiedii).
Otro felino, el yaguarundi (Herpailurus
jaguarundi) está considerado como amenazado.
Al
realizar un análisis de las
especies endémicas de peces para el estado de Jalisco y México, se han
distinguido 19 endémicas para Jalisco y 57 especies para México; 2 de
ellas (Ameca splends y Lampetra spadicea) están
bajo la categoría de especies en peligro según la norma oficial, en
tanto que otras 7 están bajo la categoría de amenazadas.
Las especies relevantes de reptiles y anfibios son la víbora de cascabel
(amenazada), el escorpión (amenazado) y el cocodrilo de río (rara).
Otras especies bajo fuerte presión son el camaleón (rara), y la cascabel
manchada (protección especial). Existen otras cuyas poblaciones se están
viendo afectadas por el cambio de uso del suelo, como las serpientes
de los pastizales y lomeríos del norte, en los que debido al pastoreo,
las especies nativas están siendo eliminadas y desplazadas por especies
que soportan la presencia del hombre.
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